Subvención para Centros de Información Juvenil 2026: CONVOCATORIA

Con fecha 23 de marzo de 2026, se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el funcionamiento de Centros de Información Juvenil, en el año 2026

La convocatoria se estructura en dos programas: el que se refiere a la financiación de los gastos de funcionamiento de oficinas y puntos de información juvenil, incluidos los gastos corrientes y de personal, con una dotación de 200.000 euros; y el destinado a la adquisición de medios básicos de funcionamiento para las oficinas de información juvenil, como ordenadores, impresoras, escáneres, equipos para la expedición del carnet joven o mobiliario, con una partida de 10.000 euros.

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles, contados desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de Cantabria el extracto de esta convocatoria.

Objeto

La presente Resolución tiene por objeto convocar subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el funcionamiento desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2026 de Centros de información juvenil (Oficinas de información juvenil y Puntos de información juvenil), dependientes de los Municipios, Mancomunidades de Municipios, y Entidades Locales Menores, así como de otras Entidades o Instituciones de Derecho Público de Cantabria, que a la finalización del plazo de presentación de solicitudes estén integrados en la Red Cántabra de Documentación e Información Juvenil creada por Decreto 22/1998, de 13 de marzo.

Beneficiarios

1. Podrán ser beneficiarios del programa I de estas subvenciones los Municipios, Mancomunidades de Municipios, y Entidades Locales Menores, así como otras Entidades e Instituciones de Derecho público de Cantabria, que cumplan lo previsto en el artículo 1.a) de la Orden de bases reguladoras, y dispongan de estructura y financiación suficientes para garantizar el funcionamiento del Centro de información juvenil.

2. Podrán ser beneficiarios del programa II de estas subvenciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 y el párrafo segundo del apartado tercero del artículo 2 de la Orden de bases reguladoras, los Municipios, Mancomunidades de municipios, y Entidades Locales Menores, así como otras Entidades e Instituciones de Derecho público de Cantabria de los que dependa una oficina de información juvenil.

Bases reguladoras.

La presente convocatoria se rige por lo dispuesto en la Orden ECD/64/2017, de 24 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el funcionamiento de centros de información juvenil (BOC nº 107, de 5 de junio de 2017), modificada por la Orden ECD/7/2018, de 12 de febrero (BOC nº 39, de 23 de febrero de 2018) y por la UIC/15/2020, de 13 de marzo (BOC nº 63, de 31 de marzo de 2020).